miércoles, 14 de abril de 2010

INSTRUCTIVO LEGALIZACION MINERIA DE HECHO

Según la ley 1382 del 9 de febrero de 2010 por la cual se modifica la ley 685 de 2001 código de minas, la minería de hecho hace posible la legalización de la minería tradicional.

Para este procedimiento es necesario cumplir con algunos requisitos entre los cuales se destacan:
  1. Si estan organizados en una asociación, que esta este legalmente constituida, registrada en Camara de Comercio , con estatutos con RUT y NIT .Si es persona natural 2 fotocopias de la cédula de ciudadanía y RUT.
  2. Acreditar que los trabajos mineros se vienen adelantando en forma continua durante cinco (5) años, a través de documentación comercial y técnica, y una existencia mínima de diez (10) años anteriores a la vigencia de esta ley ; esto quiere decir que se deben demostrar 10 años de antigüedad y 5 años de continuidad antes del 9 de Febrero de 2000.
  3. Anexar las pruebas pertinentes comerciales y técnicas tales como: Facturas de compraventa (venta de material, compra de maquinaria etc), recibos de pago de regalias y demás pruebas que demuestren la existencia de la explotación de la mina (oficios firmados por el alcalde del municipio, permisos, solicitudes realizadas ante INGEOMINAS y demás ).
  4. Se debe presentar un informe social del grupo o asociación que presentará la propuesta; Para este requerimiento es necesario desarrollar un oficio donde se haga una caracterización en cuanto a el numero de personas(niños, adultos y personas mayores), tiempo de ejercicio de la mineria.
  5. Certifficado de existencia y representación legal.
  6. Polígono del área solicitada (mapa con coordenadas del área solicitada).

Una vez obtenidos estos documentos se debe realizar un oficio dirigido al grupo de legalizacion de minería de hecho ubicado en la calle 43 Nº 57-31 CAN Bogotá PBX (1) 2200168 o INGEOMINAS IBAGUE carrera 8 Nº 19-31 Barrio Italken Tel (8)2638900, identificando el mineral , la direccion completa donde se recibiran notificaciones con telefonos fijo y celular.


NOTAS IMPORTANTES

  • Al enviar la documentacion a INGEOMINAS para tramitar mineria de hecho los mineros se ahorran la compra del PIN para licencia de contrato de concesión .
  • El procedimiento de legalizacion tardará solo 6 meses.
    Despues de que INGEOMINAS otorgue el título Minero mediante el Contrato de Concesión, la asociación minera o el minero, deberá hacerse cargo de los estudios correspondientes los cuales son PTO (Programa de Trabajos y Obras) PMA (Planes de Manejo Ambiental).
  • No olvidar que en el momento de ser legales deben pagar los Requisitos de ley , tales como:
    Cánon Superficiario (1 día de salario mínimo legal vigente por cada hectárea aprobada)
    Poliza Minero Ambiental
    Pago de Salud y Pensión
    Pago de Regalias.

La secretaría de Desarrollo Económico y Competitividad de la Gobernación de Risaralda tiene entre sus objetivos acompañar y apoyar este proceso, se pueden comunicar con programa de minería a los teléfonos 3398300 ext 278/494

3 comentarios:

  1. COMO HAGO PARA CONTACTARME CON JORGE DELGADO ATT IVAN PADILLA DE LA COSTA TEL 3218085911 URGENTE ACESORIA

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  2. BUENOS DÍAS Y CUANDO SE PRESENTA EL CERTIFICADO DE PRESENCIA DE GRUPOS ÉTNICOS

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  3. Para asesorías y consultas en temas mineros, consulte con abogados e ingenieros expertos. lawmineroenergetico@gmail.com

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